ECONOMÍA DE LA CORRUPCIÓN: EL CASO DE ODEBRETCH EN COLOMBIA

Economía de la Corrupción: El Caso de Odebrecht en Colombia

Nicolás Álvarez Bernal

nalvarez@unal.edu.co

Estudiante de Economía

Universidad Nacional de Colombia 

Sede Medellín

El presente ensayo estará dividido en 4 secciones, la primera comprende a la presente introducción. La segunda tiene como objetivo el estudio del modelo costo-beneficio a través del modelo beckeriano. La tercera parte contiene el desarrollo teórico propuesto para las relaciones interinstitucionales y su aplicación al caso de estudio bajo el contexto colombiano. Por último, se presentarán las conclusiones donde a partir de la información y resultados recolectados se darán algunas recomendaciones para una política pública eficiente contra la corrupción. La presente investigación tiene como objeto el estudio del mercado de la corrupción en torno a 2 ejes temáticos: (a) detonantes para que un individuo ingrese al mismo y, (b) dinámicas institucionales que favorecen su sostenimiento. En el primer eje se tratará de determinar cómo el sistema jurídico-administrativo influye en los costos de las actuaciones de los individuos, determinando si un individuo entra al mercado de corrupción analizando los costos asociados a entrar, o si ingresa y posteriormente trata de reducirlos, esto es, si la conducta es de caracter ex -ante o ex -post.  El segundo eje reflexionará desde la teoría económica sobre las dinámicas institucionales que determinan la corrupción y los efectos sociales que genera. Esto dará paso al análisis del desenvolvimiento de las relaciones sociales de los individuos involucrados. Asimismo, la investigación de los 2 ejes temáticos se hará un estudio de caso como punto de partida para el análisis de tales. El caso será el del señor Gabriel García Morales, uno de los principales actores en el escándalo de corrupción de Odebrecht en Colombia, quien fue condenado por haber recibido 6.5 millones de dólares en sobornos de Odebrecht para que formulara los pliegos de tal forma que Odebrecht ganara la licitación para construir la ruta del sol II (El Espectador, 2018). 

La corrupción ha sido un problema que ha ocurrido a lo largo de la historia de la humanidad. Desde una perspectiva historiográfica, el primer acto de corrupción se dio en la baja Mesopotamia, en Sumeria, donde se relata, en un ensayo sumerio, como un maestro le fue obsequiado regalos y comida para que su estudiante fuera bien calificado y atendido (Treviño,2013). Asi pues, gracias a esta práctica tan extendida durante el tiempo, la corrupción ha llegado a niveles de sofisticación y complejidad muy altos,a pesar de un sistema jurídico que constantemente saca nueva jurisprudencia pero que se queda corta frente a las dimensión de la corrupción, por lo que el estudio riguroso de las complejidades de este fenómeno se hace imperativo para luego emitir normativa justa y eficiente . Para este ensayo se utilizará la definición de corrupción más extendida, definida como el desvió de recursos públicos para el beneficio privado. Es importante aclarar que la corrupción en Colombia es una categoría que encierra diversos crímenes o delitos punibles por la constitución colombiana; actos como la prevaricación administrativa, el tráfico de influencias y la malversación de caudales son algunos de los delitos asociados a la corrupción.

El interés de este ensayo surge por encontrar las causas del funcionamiento y sostenimiento de la corrupción, una problemática de mucha vigencia y de profundas consecuencias para la democracia colombiana. Los recientes escándalos relacionados con Odebrecht, el cartel de la toga, el cartel de la hemofilia entre muchos otros, han puesto de relieve los alcances de la corrupción que han afectado a gran parte de los estamentos del poder en Colombia, lo cual ha minado, naturalmente, la confianza en las instituciones por parte de los ciudadanos, poniendo en peligro a la democracia. 

El estudio de caso se analizará a través de un modelo costo-beneficio el cual surge con base a las herramientas que brinda la economía del crimen, una rama de la economía de la cual uno de sus más importantes pioneros fue el economista y premio nobel de economía Gary Becker quien en su ensayo “Crimen y castigo: un enfoque económico”(Becker,1974) adaptó algunas herramientas metodológicas que brinda la teoría económica para analizar desde una perspectiva diferente al crimen. De esa manera, se realizará una aproximación hacia cómo están estructurados los incentivos de los corruptos en Colombia por las formas legales que rigen a los crímenes asociados a la corrupción. Una vez examinados los incentivos, se hará el análisis de las relaciones interinstitucionales que se desarrollan a partir de estos y se explorará la literatura de la escuela del Public Choice con su supuesto base del homo economicus para poder realizar una aproximación a las diferentes relaciones en las instituciones públicas bajo los efectos de un entorno corrupto.

En el presente ensayo se empleará el enfoque económico debido a la naturaleza misma del objeto del problema, como bien afirma Ackerman (1978): 

El empleo de la teoría económica para el estudio de los crímenes asociados a la corrupción resulta ser bastante útil ya que en este tipo de crímenes se observa un medio de seres racionales que buscan maximizar su beneficio, un entorno en el que se presenta información asimétrica, recursos escasos y un gran número de oportunidades. (pg 7)

El modelo Beckeriano del crimen

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 Antes de continuar con el desarrollo teórico es importante señalar que el presente modelo es una adaptación del modelo beckeriano del crimen para modelizar los crímenes asociados a la corrupción desde una perspectiva exclusivamente microeconómica. El modelo beckeriano del crimen planteado en su influyente paper “Crimen y Castigo: Una Aproximación Económica” (Becker,1974) estaba más enfocado en el análisis macro del crimen a partir de las herramientas analíticas que proporciona la microeconomía.

En primer lugar, el beneficio monetario del criminal (funcionario público) radica en el grado de poder determinar las reglas para la elección del contrato público o su grado de discrecionalidad. De esa manera, cuanto más poder discrecional posea el funcionario más podrá cobrar por el bien (contrato público), generando un sobreprecio, provocando así que la entidad que adquiera este bien tenga que obtener su margen de beneficio a través de la corrupción como sobrecostos injustificados, mala calidad en los materiales, etc. Es importante señalar que se tiene como supuesto que el beneficio monetario bruto es propiedad únicamente del criminal y no se reparte nada u otros participantes que facilitaron el acto de corrupción; además, se supone que el criminal no paga multas u otras formas de resarcir el daño.

En segundo lugar, en los actos asociados a la corrupción existe una característica diferenciadora con otros crímenes y es el grado de racionalidad con el que los agentes involucrados calculan los costos-beneficios. Por ende, es muy útil partir de la premisa de la teoría de la economía del crimen, como bien lo dice Becker (1974): “…una persona comete un delito si la utilidad esperada para esta excede la utilidad que podría obtener usando su tiempo y otros recursos en otras actividades” (p.7). Es decir, el sujeto estará fuertemente influenciado a cometer el crimen si el coste del castigo es menor que el beneficio monetario bruto. Los costes del castigo estarán en función del coste de oportunidad y de la probabilidad de que sea capturado y condenado, esto es, la probabilidad de que el sujeto tenga que pagar un precio por su delito

De la definición anteriormente dada, se puede deducir que el criminal cometerá delitos de corrupción hasta que el costo del n-ésimo delito sea menor que el beneficio del n-ésimo delito por lo que el sostenimiento en este tipo de delitos dependerá de que su beneficio monetario marginal sea mayor que el costo del castigo marginal 

La condición de primer orden viene dada por la expresión (7) que significa que la diferencia entre el diferencial de la función de beneficio monetario y el diferencial de la función del coste del castigo esperado debe ser mayor a 0.

A continuación, se procederá con el estudio del caso del señor Gabriel García Morales, un caso que tuvo mucho impacto en Colombia dado el monto al que ascendieron las ganancias y a su característica de ser la punta del iceberg de un escándalo mucho mayor, que salpicaría a algunos integrantes de las altas esferas del poder, el denominado Escándalo Odebrecht. A partir de este caso se procederá a definir las magnitudes de los parámetros anteriormente mencionados y a hallar la ganancia monetaria neta.

En relación con el parámetro de beneficio monetario (Bm), según investigaciones adelantadas por la fiscalía colombiana, el señor García habría recibido US 6,5 millones de dólares[1] de la firma brasileña a cambio del favorecimiento en la licitación para la construcción del tramo II de la ruta del sol (El espectador, 2018).

El segundo parámetro por estudiar es el referente a la probabilidad de pago (Pg) y a su coste de oportunidad(Co). Es decir, el castigo esperado, que está determinado por la probabilidad conjunta de ser capturado y judicializado; la cantidad promedio de años que recibiría el corrupto después de reducciones de la pena intramural y el salario. Para hallar este parámetro, que se constituye como el parámetro de decisión del sujeto en cuanto si entrar en el mercado de la corrupción, resulta muy útil el concepto utilizado en las elecciones bajo incertidumbre, sobre todo, el concepto estadístico del valor esperado: este componente es determinante en la decisión del sujeto de entrar o no en el  mercado de la corrupción  ya que el sujeto solo entrará en el juego si su utilidad marginal esperada es mayor que su costo marginal medido en el valor del castigo-esperado. 

La probabilidad de captura (Pca) depende de la capacidad logística de las autoridades judiciales para que luego de haberse emitido la orden judicial este sea efectivamente capturado. A su vez la Pca variara dependiendo de la naturaleza del delito ya que en cada tipo de delito hay diferentes grados de información sobre el criminal. No es lo mismo lograr la captura de alguien que cometió un robo de noche que de alguien que cometió un acto apropiación de recursos públicos desde un puesto público, de este último evidentemente hay mucha más información por lo que habrá una mayor capacidad logística para su captura por lo que la Pca será mayor a 50%. Ahora bien, la Pca podría tomar cualquier valor entre 50% y 100% y ya que no se dispone de evidencia estadística para la estimación exacta de este parámetro a manera solamente pedagógica se tomará la media entre estos 2 valores por lo que la Pca será de 75%. Cabe recalcar que independiente del valor que se tome para la Pca (ya que este está entre 50% y 100%) no afecta de manera importante los resultados del modelo.

La probabilidad de ser judicializado es el porcentaje de personas que después de ser sindicadas por un fiscal son efectivamente condenadas a pena intramural o bien a una pena cautelar, la denominada casa por cárcel [2]. Según la secretaria de trasparencia “el 50% de los implicados en los casos de la corrupción son judicializados y de ese 50%, el 25% paga pena intramural” (López, 2016). Basados en el razonamiento para abstraer las estadísticas anteriores se procederá a efectuar el cálculo de la probabilidad de pago.

Remplazando los valores estimados en la ecuación (4), se encuentra que la probabilidad de pago, para este tipo de crímenes esta alrededor de 18.75 %.

El tercer parámetro a investigar es el coste de oportunidad. En el momento de cometer el crimen el señor Gabriel trabajaba como presidente de la Agencia Nacional de Concesiones (ANC) (hoy la Agencia Nacional de Infraestructura [ANI]) .Según el decreto n°0508 de 2012, la asignación básica salarial para el 2012 del presidente de la ANC era de aproximadamente 13 millones de pesos más la prima técnica que, como reza en el artículo 9 de dicho decreto, es del 50% de su salario, por lo tanto, lo que recibía mensualmente estaba alrededor de los 19 millones de pesos. Aplicado al modelo este es el coste de oportunidad o lo que dejaría de percibir mensualmente en el caso de tener tener pena intramural. En el caso de los políticos con altos cargos en el sector público, en general, los ingresos tienden a sostenerse en el tiempo por las mismas lógicas que sostienen a la corrupción: la creación de una red que como expone Velazco (2012) “un espacio complejo de relaciones interpersonales complejas que permiten crear la confianza necesaria a través de un proceso de aprendizaje.” (pg. 42) además de que permite otros beneficios a los integrantes de dicha red, como el sostenimiento de estos en altos cargos públicos, lo cual implica salarios elevados.

Según la investigación adelantada por redactores del Portafolio (Lopez,2016) a partir de la constatación los registros del INPEC, el promedio de condena efectiva es aproximadamente 24 meses. Lo que resta para hallar el valor del castigo del criminal es el producto entre el promedio de años de condena efectiva y su salario al momento del ilícito[3]. Entonces, remplazando los valores hallados anteriormente en (5) se tiene como resultado 475 millones de pesos lo que sería el valor del castigo esperado, o el coste de oportunidad. Finalmente, para calcular el costo del castigo esperado se tiene que multiplicar la probabilidad de pago por el costo del castigo, por consiguiente, el valor del castigo esperado en este caso estaría alrededor de 85.5 millones pesos. Remplazando todos estos valores en la ecuación (6) se tiene que:

 Ejecutando las operaciones da como resultado que la ganancia neta del sujeto fue de 11.6 miles de millones de pesos lo cual confirma hablando desde la óptica racionalista maximizadora beckeriana que el sujeto fue racional al acceder a cometer el ilícito.

De los parámetros anteriormente definidos se puede observar algunos datos muy preocupantes, sobre todo, debería llamarle la atención al lector el bajísimo coste de castigo para el criminal. Pero inclusive dicho coste podría ser menor dado que no todos los parámetros ponderan lo mismo; por ejemplo, la evidencia empírica muestra que la probabilidad de condena pondera más que la probabilidad de captura (Becker,1974). Por lo tanto, se hace imperativo el estudio de dichas magnitudes.

En primer lugar, el beneficio monetario bruto depende del grado de poder de decisión que tenga el funcionario público para elegir quién obtiene el contrato y quién no, y en términos brutos depende, naturalmente, de la cantidad del presupuesto que posee el contrato. En el caso estudiado, se manejaban presupuestos muy grandes, por lo tanto, eso permitió que los beneficios económicos fueran muy elevados. Aquí vale la pena hacer una aclaración muy importante con respecto al beneficio monetario, y es que este muy posiblemente tuvo que dividirse en partes desiguales (dependiendo de su poder discrecional) para todos los participantes del crimen, dicho de otra manera, los integrantes de la red de corrupción. Así pues, el concepto de red entendida como “un conjunto de relaciones (líneas, vínculos o lazos) entre una serie definida de elementos (nodos) y sus enlaces.” (Monteverde, 2017), se hace imperativo para entender las lógicas detrás de la corrupción. Aunque el modelo presentado aquí y los de redes de corrupción tienen metodologías diferentes, en cierto grado pueden converger en el sentido que comparten la variable del poder discrecionalidad como aquella que define los niveles de ganancia del individuo y, en el caso de las redes de corrupción, de centralidad en la red.

Conviene subrayar que el concepto de red de corrupción está correlacionado al mismo tiempo con el parámetro de beneficio bruto y del coste del castigo, sin embargo, la relación causal va desde el coste del castigo al beneficio monetario bruto. Luego, si se piensa al criminal corrupto como alguien racional en el sentido anteriormente definido, se puede afirmar que la red, primero, se asegura de que los costes del castigo estén bajos, y, después, de si accede a los beneficios monetarios, disminuyendo de esta manera los riesgos. Esto se debe a la teoría de la aversión al riesgo que dicta que, en general, las perdidas duelen más que las ganancias. (Thaler,2017).

En adición, está el hecho de que, como se observó anteriormente, la probabilidad de pago es del 18%, porcentaje que en sí mismo es muy bajo. Luego, para poder entender mejor este dato aparte de estudiar la eficiencia del sistema judicial, hay que analizar la coyuntura en la que se dio el crimen, ya que factores como la reacción de la sociedad ante el crimen también influye decisivamente en el incremento de la probabilidad de judicialización (Castañeda, 2016). Inclusive factores como la educación y la tasa de desempleo (variables exógenas del modelo) influyen en la probabilidad de pago. Un país con tasa de desempleo alta tendrá un menor aliciente para denunciar los casos de corrupción, debido al alto costo que representan las posibles represalias de los empleadores despidiendo a sus empleados, dado el tiempo que requeriría conseguir un nuevo empleo.

Normatividad y relaciones interinstitucionales en ambientes corruptos

La escuela del Public Choice, a través de algunos de sus mayores exponentes Buchanan y Brennan, recomiendan el punto de partida de la política pública y del carácter de la normatividad que debe operar en el sector público para lograr una mayor eficiencia, la cual, tiene como principal supuesto la concepción del sujeto como un homo economicus.

En primera instancia, la ley o norma para el combate contra la corrupción no debe tener como principal base la buena voluntad o la benevolencia del funcionario público. Aquí vale hacer una aclaración importante, con esto no se quiere afirmar que el actuar del funcionario público tienda a ser egoísta o inmoral, lo que se quiere decir es que no se debe tener como fundamento la buena voluntad. Esta perspectiva es bastante útil a la hora del procedimiento analítico; esto se debe a que las instituciones tienen como objetivo transformar el interés individual hacia el interés de las mayorías, mientras que el individuo tiende a buscar su propio beneficio, como bien exponen Brennan & Buchanan (1987) “se provoca un choque de poderes que es metodológicamente mejor analizarlo desde la unidad más pequeña de la institución pública, el cual corresponde al funcionario público, y  por ende en las motivaciones privadas”(pg. 103).

Un argumento adicional en cuanto a que al análisis de la política pública contra la corrupción deba tener como supuesto el actuar egoísta del funcionario público, viene dada por la filosofía política Hobbesiana que indica que, aunque los perversos fueran menores en número que los justos, dado que no se puede distinguirlos, es necesario recelar, ser cautos, anticiparse y desconfiar siempre hasta del más honesto y justo (Hobbes,2016). Esta teoría es particularmente útil en el caso de los países latinoamericanos, con una gran preponderancia en el caso colombiano, donde la percepción de la corrupción es relativamente alta, ocupando para 2018 según Trasparency international (2018) el puesto 99 de 150 países (donde 1 es el menos corrupto y 150 el menos corrupto) lo cual implica que hay una sensación generalizada de menosprecio hacia lo público y posiblemente una creencia de que para mantenerse dentro de la institución pública hay seguir sosteniendo y reproduciendo la corrupción desde la individualidad, dando lugar así a un círculo vicioso de desconfianza y corrupción.

Para ejemplificar dicho circulo vicioso resulta muy útil partir de la teoría de altruismo Beckeriana (Becker, 1976), la cual afirma que, si una persona A puede emprender una acción contra otra persona B en la que pueda aumentar el beneficio de B a un costo relativamente bajo, este estará inducido a realizarla. Lo anterior tiene un supuesto muy importante: relaciones o interacciones sociales donde la reciprocidad y la confianza es muy fuerte. Pero en el caso colombiano, estos supuestos se revierten y el tipo de relaciones se vuelven borrosas y ambiguas. Esto trae como consecuencia que, en cierta medida, la teoría del altruismo beckeriana se “revierta” debido a los efectos de la corrupción en la disolución de ciertos componentes de la interacción social que permiten el altruismo tales como la reciprocidad y la confianza. 

De esa manera cambia el sentido de la relación, y así, algunas interacciones sociales se empiezan a regir por la lógica Hobbesiana y comienzan a presentarse más casos en los que existe el problema de riesgo moral. Supónganse la siguiente situación hipotética: en un grupo social cualquiera, existe un individuo X el cual tiene total desconocimiento del posible actuar y es indiferente al actuar de otro individuo Z. Supóngase que Z tiene incentivos para hacerle daño a X y se gasta 20 pesos, el correspondiente a la quinta parte de su ganancia en esta actividad perversa. X   a su vez puede tomar acciones para reducir el salario de Z a la mitad. De esa manera reduciría el daño causado para este en 10 pesos, así la conducta de Z es contagiosa ya que resulta beneficiosa en términos económicos. El anterior ejemplo ilustra lo que pasa en grupos donde la información sobre el accionar del otro es incierta, como en algunas entidades públicas, solo basta que haya sospechas sobre el otro para que se efectúen actos perversos o corruptos, así mismo esta observación se puede extender a todo un grupo donde existan una multiplicidad de interacciones sociales. El siguiente grafico ilustra las dinámicas y las direcciones de la causalidad donde se observa que se observa el mencionado circulo vicioso:

 Conclusiones

En la primera parte se analizó el sistema de incentivos para el individuo, lo cual debería dejar un escenario bastante desolador para aquellos que afirman que el sistema judicial colombiano es efectivo alrededor del tema de la corrupción. Las estadísticas demostraron que el sistema judicial es sumamente ineficaz en este tipo de delitos ya que la probabilidad de judicialización es muy baja y la ley es demasiado laxa respecto a los años de la condena, es decir, el coste de oportunidad es demasiado bajo, incluso, para un funcionario de un alto estamento de un ministerio cuyo salario es mucho más alto que el promedio dentro de las entidades públicas, como fue el sujeto del caso.

Según el modelo anteriormente visto se vislumbran dos posibles soluciones al problema de corrupción: disminuir los beneficios o aumentar los costos. Pero como se observó previamente, la causalidad va desde los costos hacia los beneficios, a saber, desde una óptica racional, las personas primero analizan si los costes de incurrir en el crimen están bajos, y, posteriormente, si los beneficios son elevados. Esto implica que cambios en los costos son más significativos que cambios en los beneficios por la aversión al riesgo, es decir, que el costo marginal es mayor al beneficio marginal en este tipo de crímenes. Entonces, una buena política debería enfocarse en aumentar los costes del castigo o bien, aumentando el coste de oportunidad o la probabilidad de pago.

De la misma manera, del modelo se derivan dos posibles opciones para el aumento del coste de oportunidad: la primera es con el aumento de los salarios, escenario bastante difícil dadas las actuales condiciones fiscales del país, y aun, si se realizase, sería bastante ineficiente dado que las rentas económicas son demasiado elevadas, por lo tanto, tendría que haber un aumento demasiado alto  para que junto con las multas y las posteriores inhabilidades se igualaran los costos con los beneficios de los actos de corrupción; la segunda solución podría ser un aumento de la condena efectiva. Sin embargo, la solución más eficiente es aumentar la probabilidad de pago del criminal, para que se active el componente de costes de oportunidad, que, junto a las externalidades, de moralidad e inhabilidad, se incrementen los costes y desista de entrar en actos corruptos.

En la segunda sección se investigó sobre la normatividad y las relaciones interinstitucionales en ambientes permeados por la corrupción. La corrupción es un fenómeno que se sostiene por su misma fuerza, donde se forma un círculo vicioso en el que los funcionarios públicos deben incurrir en corrupción para evitar ser víctimas de este, además de los grandes beneficios que les reportan. En otras palabras, en sociedades como la colombiana, la relación altruista beckeriana se ha revertido dado el nivel de corrupción como lo refleja el nivel percepción de corrupción tan alto que persiste en Colombia y que provoca unas relaciones personales, por lo menos, en las instituciones públicas de egoísmo y desconfianza y con poca ética hacia lo público. 

Bibliografía

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[1] 11.7 miles de millones de pesos a una tasa de cambio promedio de 2012

[2] Para efectos de la metodología empleada en el presente estudio, se tomará solo en cuenta la probabilidad de pena intramural.

[3]  Para una mayor simplicidad del cálculo no se considera las primas extraordinarias y/o beneficios que aumentarían su asignación salarial